Declaración de México: a favor del Ecosistema Latinoamericano de Acceso Abierto No Comercial

La Declaración Conjunta LATINDEXREDALYCCLACSOIBICT para garantizar la protección de la producción académica y científica regional en Acceso Abierto, recomienda el uso de la licencia Creative Commons Reconocimiento- NoComercial – CompartirIgual (CC BY-NC-SA).

Habiendo analizado la situación del acceso abierto con base en los principios asentados en las “tres B”: Declaraciones de Budapest (2002), Berlín (2003) y Bethesda (2003) a 15 años de su creación; recordando y reafirmando los derechos humanos al conocimiento y la libertad de expresión reconocidos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, entre otros.

Destacando que muchas instituciones abrieron el acceso al conocimiento, haciéndolo disponible, sin barreras y sin costo en beneficio de la humanidad, entendiendo de que el conocimiento -especialmente el que es resultado del financiamiento público- es un bien común y su acceso, un derecho humano.

Considerando que América Latina y el Caribe es una región en la que el acceso abierto tradicionalmente ha sido una opción indiscutible y lo sigue siendo; que su implementación en la región se ha realizado sin fines comerciales; y que actualmente la situación a nivel internacional de la disposición del conocimiento abierto, sin pago, sin lucro y su futuro no son claros y presentan diversas contradicciones y actos que refuerzan la idea de que muchas acciones no están cumpliendo sus metas y pueden terminar con efectos contrarios a sus objetivos iniciales.

Reconociendo que el obstáculo para el acceso al conocimiento internacional no es la tecnología, sino el poder pagar el acceso a las bases de datos comerciales, por lo cual se crearon consorcios en los países para enfrentar el continuo aumento de los precios, pero el costo y las restricciones al uso de los documentos han aumentado y ahora se suma el costo de pagar por publicar en acceso abierto (APC-article processing charges y BPC-book processing charges), y el hecho de que dichas bases comerciales se han convertido en la materia prima de la evaluación.

Conscientes de la existencia de diversas contradicciones entre las políticas de regulación e implementación del acceso abierto entre las instituciones académicas y los consejos de ciencia y tecnología de los países, que aunque han dado impulso al acceso abierto utilizan métodos y métricas de evaluación de la investigación científica y del trabajo académico que privilegian los sistemas de información científica comerciales y las revistas de los grandes monopolios editoriales, y cuando se aprecian las revistas “nacionales” es porque están en dichas bases.

Preocupados porque después de más de una década de existencia del movimiento de acceso abierto el producto de la investigación científica y académica financiada con recursos públicos no se encuentra disponible únicamente en bases de datos de acceso abierto, sino en sitios comerciales que se han apropiado del conocimiento en abierto y lo ofrecen a través de “motores”, “descubridores” y otros productos comerciales, que elevan las restricciones, no transparentan la naturaleza ni el origen de los contenidos que ofrecen, así como la riqueza y fortaleza que adquiere su modelo de negocio al apropiarse del contenido abierto.

Advirtiendo que los sistemas comerciales tienen todos los recursos cerrados y además están sumando recursos abiertos de forma totalmente legal, porque la licencia Creative Commons CC-BY les permite tomar, insertar, modificar, integrar, añadir Identificadores Digitales de Objetos (DOI), vender, revender, entre otras cosas; e inconformes porque las revistas de los grandes monopolios editoriales niegan el depósito en los repositorios nacionales e institucionales de la versión final del artículo (PDF diagramado) -el cual es financiado por las instituciones- y cuando permiten su depósito exigen una licencia no comercial.

Por todos estos motivos se adopta, el 15 de diciembre de 2017 en México, la siguiente Declaración Conjunta LATINDEX–REDALYC–CLACSO–IBICT, que recomienda el uso de la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (CC BY-NC-SA, por sus siglas en inglés) para garantizar la protección de la producción académica y científica en acceso abierto, y que tiene como objetivo crear, compartir, mantener y preservar el conocimiento de la región.

Los invitamos a leer la Declaración de México (2017) y al formulario adhesión institucional, individual, de revistas:
http://www.accesoabiertoalyc.org/declaracion-mexico/

Para más información, pueden encontrar en
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Contacto: declaracionmexico@gmail.com